En aplicación del VI Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal, en ultractividad, dicho convenio recoge:
Articulo 8.-
Denunciado el convenio, en tanto no se llega a un acuerdo sobre el nuevo, se entenderá que el contenido íntegro del convenio se prorroga provisionalmente hasta tanto no se llegue a acuerdo expreso, incluso aunque se supere el plazo de dos años al que se hace referencia el párrafo cuarto del artículo 86.3 del ET. Hasta que se llegue a ese acuerdo expreso se incrementaran anualmente, en el mes de enero los conceptos retributivos en la misma cuantía que el IPC real del año anterior.
Este incremento del IPC 1,1%, se refleja en las tablas salariales que regirán para el 2018 y que hoy día 29 de enero de 2018, se han firmado en el seno de la Comisión Paritaria del VI Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal y que serán de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras de este sector con efecto 1 de enero de 2018.